Españoles que participaron en el conflicto
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Bando del 3 de septiembre de 1941

Mié Feb 23, 2011 6:58 pm

Don Agustin Muñoz Grandes, General de División y General en Jefe de la División Española de Voluntarios 250:
" a todas las fuerzas de esta gran unidad y en virtud de las facultades que me concede el artívulo 33 del Código de Justicia Militar y escrito del Excmo. Sr. Ministro del Ejército de fecha 19 de agosto pasado num 1367-F
"ordeno y mando:
" todo ataque contra las personas ,propiedades o requisa no autorizada debidamente, puede considerarse como delito contra el derecho de gentes,devastacion y saqueo, previsto y sancionado en el art 233 del citado texto legal.
" articulo que se cita 233: seran castigados con la pena de cadena perpetua a muerte, previa degradacion, los militares que prescindiendo de la obediencia de sus jefes, incendien o destruyan edificios u otras propiedades,saqueen a los habitantes de los pueblos o caserios o cometan actos de violencia en las personas. a los promovedores v al de mayor empleo le sera impuesta la pena de muerte...
" todas las actuaciones dimanantes de supuesto delito, seran tramitadas, mientras no disponnga lo contrario,por el procedimiento sumarisimo...

En campaña a 3 de septiembre de 1941

Firmado el General en Jefe Agustín Muñoz Grandes.

En contraste con los alemanes, los españoles trataban mejor a la poblacion civil rusa.

Saludos

Re: Bando del 3 de septiembre de 1941

Jue Feb 24, 2011 10:39 am

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- Me sorperende este bando, creía y por lógida debería ser así, que la 250 división de la Wehrmacht, como unidad del ejercito alemán e independientemente de la nacionalidad de la tropa, debía regirse por el código de justicia militar alemán y no por el español, por lo tanto las normas que la debían regir tenían que ser las mismas que al resto de unidades del ejército alemán.

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Re: Bando del 3 de septiembre de 1941

Jue Feb 24, 2011 7:31 pm

La División Azul fue el único cuerpo de ejercito que, aun integrado en la estructura militar alemana, conservó sus propios mandos españoles, combatió bajo su propia bandera y lo más significativo, consiguió que sus hombres quedaran sometidos a las leyes de guerra españolas.


Saludos

Re: Bando del 3 de septiembre de 1941

Jue Feb 24, 2011 10:50 pm

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- Gracias por la respuesta, ya se una cosa mas.

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Re: Bando del 3 de septiembre de 1941

Sab Feb 26, 2011 12:31 am

Continuación del bando: Respecto de los trabajos, se establecieron los siguientes salarios:
Salarios para la indemnización de obreros de ambos sexos de nacionalidad rusa:

a) Capataces y maestros: rublos 2,50 por hora.
b) Profesionales y obreros instruidos: rublos 1,70 por hora.
c) Obreros sin instrucción y ayudantes de más de 18 años: rublos 1,00 por hora.
Auxiliares de 16 a 18 años: rublos 0,80 por hora.
idm. de menos de 16 años: rublos 0,50 por hora.
d) Mujeres sin instrucción en trabajos ligeros como limpieza y aseo ( de más de 18 años): rublos 0,80 por hora.
Las mismas de 16 a 18 años : rublos 0,60 por hora.
De menos de 16 años: rublos 0,50 por hora.

Saludos
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