Hola amigos.
Estaba leyendo otra vez el libro de Moreno Juliá sobre la División Azul y en la página 140 habla de que el General Muñoz Grandes el 26 de septiembre de 1941 decide endurecer el régimen disciplinario de la división.
Cualquier orden suya incumplida será juzgada por según el artículo 266 y 267 del Código de Justicia Militar ( pena de muerte y presidio respectivamente). Además todo ataque contra personas o propiedades, así como requisa no autorizada, con el 233 (pena de muerte).
Por último crea la Sección Especial, unidad donde permanecen corregidos y penados mientras dura la sección.
Sobre estas unidades "disciplinarias o de castigo", ¿sabéis cómo estaban organizadas? Es decir a nivel de compañía, batallón o regimental...
Saludos.