Publicado: Dom Mar 30, 2014 1:37 am
por Domper
Indignación

7 de Abril de 1941

Diario Informaciones

“El ministro alemán ante el gobierno portugués ha presentado la siguiente nota:

El pasado domingo 30 de Marzo una fuerza naval del Pacto de Aquisgrán se dirigía a la base naval de El Ferrol del Caudillo, en España, miembro de pleno derecho de la Unión Paneuropea y firmante del Pacto de Aquisgrán. Cuando dicha formación se encontraba en aguas internacionales fue avistada por el destructor de la marina de guerra portuguesa Douro. Esta unidad de guerra en lugar de respetar la neutralidad a la que se había comprometido el gobierno portugués, siguió de cerca de la escuadra del Pacto de Aquisgrán, y guió hasta ella a aviones y buques ingleses. Las fuerzas del Pacto de Aquisgrán fueron atacadas por los ingleses y, aunque consiguieron rechazar la agresión, sufrieron daños y bajas.

Este ataque no se hubiese producido de no haber sido seguida por el destructor Douro. Las medidas tomadas por el destructor Douro son contrarias de la neutralidad a la que se había comprometido el gobierno portugués, y darían derecho a las fuerzas armadas del Pacto de Aquisgrán a tomar medidas coercitivas proporcionadas.

La Unión Paneuropea, al contrario que los imperialistas ingleses, es amante de la paz y de la concordia entre los pueblos europeos, y aunque una respuesta armada fuese legítima, quiere dar la oportunidad al gobierno y al pueblo portugués de rechazar la execrable acción cometida por un barco de su marina de guerra.

Por ello la Unión Paneuropea exige al gobierno portugués:

1. El gobierno portugués efectuará una investigación para conocer los motivos por los que el comandante del destructor Douro cometió un acto de agresión contra buque del Pacto de Aquisgrán, y sancionará a la persona o personas implicadas en tal acción.

2. El gobierno portugués admitirá una delegación de la Unión Paneuropea que colaborará con las autoridades portuguesas en la investigación exigida en el punto 1.

3. Las fuerzas armadas portuguesas mantendrán una estricta neutralidad en sus relaciones con la Unión Paneuropea y sus enemigos.

4. Para asegurar la estricta neutralidad de las fuerzas armadas portuguesas y en particular de su marina de guerra, los barcos de dicha bandera que efectúen misiones fuera de sus seis millas de aguas territoriales recibirán un observador del Pacto de Aquisgrán.

5. El gobierno de Portugal impedirá en su territorio el espionaje dirigido contra a Unión Paneuropea.

6. El gobierno de Portugal admitirá observadores de la Unión Paneuropea que colaborarán con las autoridades portuguesas en la persecución de las actividades contrarias a la Unión Paneuropea.

7. El gobierno de Portugal no permitirá el comercio con so enemigos de la Unión Paneuropea en barcos de bandera portuguersa.

8. Para asegurar el cumplimiento del punto 7, los barcos que salgan de puertos portugueses serán inspeccionados en puertos de la Unión Paneuropea, que oportunamente se señalarán, antes de proseguir hacia sus destinos.

9. El gobierno de Portugal romperá cualquier pacto de alianza con los enemigos de la Unión Paneuropea.

De no recibirse respuesta afirmativa antes de las once horas del día nueve del corriente mes, la Unión Paneuropea considerará que Portugal está agrediendo a los intereses de la Unión Paneuropea, y procederá a tomar las medidas que considere oportunas, incluyendo las militares, para defender sus intereses. “